Estimados
Usuarios y Suscritos a Paritarios.cl
Comunicamos que el servicio de “Pregunte
al los Expertos” se encuentra suspendido,
hasta nuevo aviso. Solicitamos que busque la respuesta a su
consulta entre las ciento de preguntas ya contestadas o dentro
de los miles de artículos o notas publicadas en este
Portal.
Todas las otras secciones y actualizaciones del sitio siguen
funcionando de manera normal.
Por su comprensión muchas gracias.
Atte.
Paritarios.cl
El Portal de la Seguridad y Salud ocupacional de Chile. |
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30/03/04 |
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| Pregunta:
Sres. comités paritarios, es un gusto volver a saludarlos
y consultarles lo siguiente, ¿cual es el procedimiento
para reemplazar a un integrante del comité paritario
que renuncia al cargo o que por razones de trabajo deja de
pertenecer?.
Saludos... |
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Luis Brizuela
C prevencionista. |
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| Respuesta: |
| Lo que
nos dice el Decreto Nº54
ARTICULO 20° Los miembros de los Comités
Paritarios de Higiene y Seguridad durarán dos años
en sus funciones, pudiendo ser reelegidos.
ARTICULO 21° Cesarán en sus cargos
los miembros de los Comités que dejen de prestar servicios
en la respectiva empresa y cuando no asistan a dos sesiones
consecutivas, sin causa justificada.
ARTICULO 22° Los miembros suplentes entrarán
a reemplazar a los propietarios en caso de impedimento de
éstos, por cualquier causa, o por vacancia del cargo.
Los suplentes en representación de la empresa serán
llamados a integrar el Comité de acuerdo con el orden
de precedencia con que la empresa los hubiere designado; y
los de los trabajadores por orden de mayoría con que
fueran elegidos. |
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26/03/04 |
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| Pregunta:
Agradeceré a usted, me informe cuales son las Dispocisiones
Legales por las cuales debe regirse un Comite Paritario.
Gracias por la acogida a mi consulta. |
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| Yolanda
Martinez R. |
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| Respuesta: |
| La regulacion del
funcionamiento o como debe registre un CPHS se encuantra en
la LEY 16.744 TITULO VII Prevencion de Riesgos articulos 66
y en D.S. No 54. Ver en nuestro sitio ¿Que
es un Comite Paritario? |
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24/03/04 |
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| Pregunta:
Sres. comite paritario, nuestra consulta se refiere a la comision
investigadora de accidentes, ¿la comision como debe
estar compuesta?, en este momento los accidentes están
siendo investigados solo por la jefatura la cual conforma
el comite paritario....
Atte y esperando su pronta respuesta |
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| Iván
Vergara Z |
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23/03/04 |
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| Pregunta:
hola y felicitaciones por esta excelente página, mi
consulta es la siguente somos un comité paritario que
se encuentra funcionando con sus titulares y suplentes, pero
de la empresa por razones de traslado (a otra ciudad) se retiraron
dos titulares, los que fueron reemplazados por dos de los
suplentes por lo que hoy cuentan sólo con un suplente.
Ahora bien la empresa quiere cambiar sus representantes ¿lo
puede hacer o sólo tiene que llenar las vacantes ?
Además uno de los representantes de la empresa tiene
el cargo de secretario ¿lo pueden cambiar?
desde ya muchas gracias por
su ayuda |
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Manuel
David Oyarzún Canales
Aguas nuevo sur, Maule, S.A
Presidente del Comité Paritario |
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| Respuesta |
| El
DS 54 no impide que los representantes de la enmpresa puedan
ser cambiado, y como son de su exclusiva designación
y en consecuencia, por razones por ellos justificadas, puede
cambiarlos cuando estime oportuno y conveninete. Esto evidentemente
no es motivo para que los cambie a cada rato y por cualquier
motivo. |
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19/03/04 |
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| Pregunta:
Estimados amigos, necesito de su colaboración en la
siguiente materia: un trabajador que se desempeña en
el área de la mecánica automotriz ha presentado
una hernia nucleo pulpar en el área lumbar con la rotura
de la misma (HNP)y por ende los molestos y dolorosos problemas
que ese cuadro conlleva sumado en este momento a la imposibilidad
de movilizarse normalmente y a la necesidad de realizarse
una intervención quirúrgica para su alivio.
Su jefe directo le ha dicho que ello no corresponde a una
enfermedad profesional, aún cuando tiene un historial
de licencias médicas por lumbago.
¿es ésto asi de efectivo o no?, ¿podría
estar incluída esta afección como enfermedad
profesional que produce incapacidad temporal en el punto 8
del art. 23 del D.S. N°109?
Les agradecería mucho su pronta respuesta |
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Solagne
Muñoz
Iindependiente |
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| Respuesta: |
| Antes
que nada te aclaro que la respuesta que te damos esta en funcion
de los antecedentes que proporcionas y no vemos que HNP del
trabajador es a causa directa o con ocasion del trabajo y
bajo esta perspectiva no corresponde el otorgamiento de las
prestaciones que otorga la Ley 16744 y los decretos correspondiente.
En este sentido la ley indicada estabelece que Accidente del
trabajo es toda LESION que una persona sufre a causa o con
ocasion del trabajo y que le produzca inacapacidad o muerte.
De igual modo, es Enfermedad Profesional la causada de manera
directa por el ejercico de la profesion o el trabajo que realiza
una persona y que le produzca incapacidad o muerte. |
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17/03/04 |
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| Pregunta:
Hola, primero quiero felicitarlos por el sitio, ya que es
de gran ayuda para los que trabajamos en prevención.
Mi inquietud es la sgte. soy secretaria del comité
de mi empresa, recién asumí este año
el cargo, y como se acerca nuestra semana de la seguridad
les solicito si me pueden aportar ideas nuevas para llevar
a cabo esa semana.
Les agradesco cualquier ayuda
Muchísimas gracias |
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GLORIA
MONDACA TOLEDO
MODINGER HNOS. S.A. |
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| Respuesta: |
| Algunas
ideas generales que han dado buen resultado pero que se deben
adaptar a la realidad de cada uno y también al presupuesto
con que se disponga.
- Hacer una exposición con logros obtenidos.
- Si ha habido mejoras colocar fotografías con el antes
y después de la mejora.
- Realizar concurso de dibujos alusivos a la seguridad con
el incentivo de que los ganadores serán publicados
en la organización e impresos en un calendarios de
la empresa. En esta actividad puede participar la familia.
- Premiar/reconocer públicamente a trabajadores destacados.
- Realizar conferencias con temas de su interés con
especialistas externos o internos.
- Emitir mensaje del gerente de la empresa y/o del presidente
del C.P.H.S.
- Proyectar películas de seguridad.
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17/03/04 |
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| Pregunta:
Estimados Señores:
Soy funcionario de una empresa, donde se a creado un comité
de 5 personas, que a cada una ellas se le asigno un responsabilidad
con relación a los temas de seguridad, dentro de nuestra
aérea de trabajo.
En personal me han asignado, instruir, capacitar al personal
en relación a Sismos y Terremotos.
He estado en contacto con la ACHS, y me han indicado que tienen
cursos sobre este tema.
Yo específicamente, necesito identificar en empresa,
vías de evacuación, áreas de seguridad,
y como decía anteriormente dictar un curso y/o charla
al personal, donde le indiquen la acciones básicas
si llegarán a ocurrir estos fenómenos.
Les agradeceré cualquier información, donde
pueda recurrir y presten estas instrucciones.
Saludos y felicitaciones por su
pagina web. |
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Javier
Bustos M.
Jefe Productos Longyear |
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16/03/04 |
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| Pregunta:
Las empresas estan obligadas a entregar gratuitamente los
elementos de proteccion personal a sus trabajadores de acuerdo
a los riesgos. Pero si estos no usan o hacen mal uso o pierden
constantemente estos elementos y estos han sido entregados
a cargo .....¿Se pueden descontar si un trabajador
los pierde constantemente y si se puede descontar .... en
base a que aspectos legales?
Ojalà puedan contestar mi inquietud pues tengo muchos
problemas por costo de EPP por perdidas.
atentamente, |
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| Cristian
Vásquez Araya |
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| Respuesta: |
| Cualquier sanción
pecunaria a aplicar al trabajador por incumplimiento a las
normas y disposiciones de seguridad establecidas, debe estar
contempladas en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
vigente de la empresa. De lo contrario, no se puede aplicar
sanción.
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16/03/04 |
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| Pregunta:
Quisiera saber las funciones que realizan las comisiones de
los Comites Paritaritarios y sobre el procedimiento legal
frente a la situación de negligencia inexcusable. Muchas
gracias por su atención y disposición. |
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Evelyn
Bizama
Serviman S.A. |
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| Respuesta: |
| Las funciones del
CPHS están descritas claramente en el D.S.54
independiente de las tareas o actividades que se programen
a nivel del CPHS ya sea como equipo integral o como comisiones
específicas. Esto es parte del como se organizan para
dar cumplimiento a lo dispuesto en la regulación señalada.
En lo referente a la negligencia inexcusable,
ver lo indicado en: > Pinche
aquí
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12/03/04 |
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| Pregunta:
En una de nuestras reuniones de Comite Paritario, surgío
la inquietud de los Beneficios que puede tener el " Estacionarse
aculatado " en caso por ejemplo de emergencias , por
lo tanto me gustaría saber adonde puedo obtener información
sobre este tema.
Se despide atentantamente y de antemano muchas gracias por
la información que me pueden entregar. |
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Marcela
Becerra Mella.
KSB CHILE S.A. |
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| Respuesta: |
| Al llegar o cuando
se ingresa al área de estacionamiento, el conductor
viene concentrado en el proceso de conducir y el estacionar
que es parte de ella, asocia también a esta atención.
Al hallar el lugar su atención implica asegurarse que
el área esté despejada y libre de obstáculos.
En consecuencia el proceso de estacionar aculatado es más
seguro y más fácil operacionalmente.
Al retirase del área de estacionamiento, el conductor
tiene su atención puesta en lo acontecido en el lugar
donde acudió y no en la conducción. El estado
de animo puede ser totalmente distinto que cuando llegó
e instintivamente se sube al vehículo y sale del área
sin revisar su vehículo y menos sin darse “ la
vuelta del perro” (alrededor del vehículo) para
ver su estado y condiciones del área que lo rodea.
Cuantas veces hemos encontrado “topones” en el
vehículo y decimos “ fue en el estacionamiento.
Al salir propiamente tal del área cuando hemos estacionado
de frente, sólo logramos tener una visión completa
del transito (vehículos y peatones) una vez que hemos
sacado casi completamente el vehículo e incluso, mirando
alternativamente a ambos costado para evitar sorpresas.
Cuando sacamos el vehículo cuando se estacionó
aculado, los problemas antes indicados se obvian casi completamente.
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10/03/04 |
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| Pregunta:
En caso de que a un trabajador accidentado se le otorgue una
licencia prolongada ¿qué se debe hacer para
realizar la investigación correspondiente del accidente?
¿Existe la facultad de solicitar a la persona afectada
que acceda a conversar con el Comité Paritario o el
experto en prevención de riesgos de la empresa para
que de su versión de los hechos? o ¿se debe
esperar hasta su retorno y prolongar de este modo el cierre
de la investigación del accidente?
¿Cómo se debe proceder ? Atentamente, |
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Jimena
Urrutia Caro
Analista Químico |
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| Respuesta: |
| La entrevista
al accidentado ojalá se efectúe en el mas breve
plazo para evitar distorsiones e influencias.
Si la persona está con licencia puede efectuar la entrevista
en su domicilio u hospital. Si es necesario, solicitar al
médico tratante la autorización correspondiente.
Evidentemente que esta entrevista debe ser precisa y lo mas
breve posible y con la participación, en lo posible,
del supervisor responsable o a cargo de la investigación,
del experto y/o un miembro del CPHS.
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04/03/04 |
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| Pregunta:
Estimados: Trabajo en un centro de Ski , camino en su mayoría
de montaña,. Hemos realizado el curso de Conducción
en Montaña de la Mutual de Seguridad, pero quisiéramos
saber si existe otra Empresa o institución que imparta
esta capacitación. pero de una manera mas dinámica,
ojalá con practicas en terreno, y con un enfocada a
las condiciones de nuestro entorno Nieve, Hielo,Viento Blanco.
Etc.
De antemano nuestros agradecimientos.
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| Felipe
Alvarez |
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| Respuesta: |
| En nuestro equipo
estables y colaboradores tenemos personal con bastante experiencia
en trabajo en alta montaña y podríamos otorgar
este servicio. De haber interés solicitamos contactarse
con nosotros o enviarnos tu datos para intercambiar información
y adquirir mayores detalles.
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03/03/04 |
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| Pregunta:
Mi pregunta es la siguiente, ¿Cuales son los requerimientos
actuales para crear un comite paritario?, por favor paso por
paso !
La empresa a la cual pertenezco cuenta con mas de 25 personas.
Desde ya, muchas gracias |
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| Andres
Villouta. |
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03/03/04 |
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| Pregunta:
hola, mi pregunta es la siguiente: En el caso de las personas
que trabajan a honorarios, ¿estos estan cubiertos por
la ley 16.744?
¿ que se debe hacer si un trabajador a honorarios sufre
un accidente de trayecto o trabajo?
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Patricia Vergara
Rinnassento |
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| Respuesta: |
| Las
personas que trabajan a honorarios no están cubiertas
por la ley 16744. En consecuencia se recomienda que
estas personas contraten un seguro para indemnizar al asegurado
o sus beneficiarios, de los daños corporales provenientes
de accidentes y que otorgue al menos una cobertura similar
a la del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales, conforme a la Ley N° 16.744
y su reglamentación.
Por ejemplo, una empresa minera del cobre propone las siguientes
coberturas y montos, que como mínimo deberá
contemplar este seguro serán:
1.250 UF, para cubrir riesgo de muerte accidental.
1.250 UF, para cubrir riesgo de incapacidad total, parcial,
permanente y desmembramiento.
700 UF, para cubrir gastos médicos, hospitalarios y
farmacéuticos, en caso que el trabajador esté
afiliado a ISAPRE.
1.250 UF, para cubrir gastos médicos, hospitalarios
y farmacéuticos, en caso que el trabajador no esté
afiliado a ISAPRE.
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02/03/04 |
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| Pregunta:
Agradeceré me informen si tiene una base de datos de
personas discapacitadas que estén interesados en trabajar
en Call Center.
Espero me contacten vía mail Atentamente, |
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| David Harpe |
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| Respuesta: |
| En algunas
Municipalidades tienen un listado de personas discapacitadas
disponibles para este caso. Por ejemplo en la Municipalidad
del El Bosque.
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29/02/04 |
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| Pregunta:
Hola me llamo Idana Zárate Donoso soy prevencionista
de riesgos y necesito que porfavor me envien información
urgente sobre neumoconiosis en sala de afilado en aserraderos
y como evitarlo. De ante mano muchas gracias. |
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Idana Zárate Donoso |
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| Respuesta: |
| Se tienen diferentes
métodos de control de contaminantes del aire dependiendo
de la naturaleza del agente, propiedades físicas, grado
de exposición y naturaleza del proceso y los métodos
pueden ser: sustitución o reemplazo, asilamiento del
proceso, eliminar/reducir la exposición, cambio del
proceso, extracción local, ventilación, métodos
de rociado, orden y aseo, equipo de protección personal,
higiene personal y monitoreo del aire (aforos)
Sustitución o reemplazo: sustancias
tóxicas por sustancias inocuas por ejemplo: sílice
libre por grava dolomítica, arena por acero, benceno
por tolueno. Conocer las propiedaes tóxicas del sustituto.
Aislamiento del proceso: aislarlo en cabina
o recinto cerrado y mecanizado para impedir ingreso del trabajador
durante el proceso
Eliminación / reducción de exposición:
aislar totalmente el área contaminante, puertas selladas
y cierre automática, sin ventanas, presión interior
superior (levemente) a presión exterior, prohibición
/restricción de ingresi al área, control de
operación en el área externa.
Cambio en el proceso: otro método
de afilado
Extracción local: Atrapar contaminante
en su fuente (campanas, extractores, ventiladores) y descargarlo
al ambiente cumpliendo regulaciones correspondientes.
Métodos de rociados: humedecer el
contaminante para que decante y evitar polución al
ambiente.
Equipo de protección personal: Se
debe utilizar como último recurso
Higiene personal: muchos contaminantes son
incorcorados al organismo por falta de higiene y aseo personal
Monitoreo: Para
evaluar la real magnitud y comportamiento del riesgo y su
evolución.
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25/02/04 |
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| Pregunta:
Agradezco la posibilidad de consultar sobre un tema que quisiera
tener claro: ¿ Existen medidas estandarizadas para
definir el ancho de los pasillos en los edificios públicos?
y cantidad de luz natural y ventilación en oficinas
donde se trabajan 44 horas a la semana, sin salida a terreno?
Atentamente, |
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M Teresa Ibáñez.
Mineduc. |
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| Respuesta: |
| Con respecto
al ancho de los pasillos buscar antecedentes en el DECRETO
SUPREMO Nº 47 del Ministerio de Vivienda y Urbanísmo
ORDENANAZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
Con respecto a la ventilación, iluminación y
digitación en los lugares de trabajo, puedes verlo
en el DS 594. Aprueba Reglamento
sobre condiciones sanitarias básicas y ambientales
en los lugares de trabajo.
Titulo III de las condiciones
ambientales Párrafo I De las ventilación
Titulo III de los agentes físicos
De la digitación art. 95
Titulo III de los agentes físicos
De la iluminación art. 103 |
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25/02/04 |
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| Pregunta:
Existe alguna formula definida para sacar el indice de siniestralidad
de una empresa |
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Carlos Alvarez
Mena y Ovalle |
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| Respuesta: |
| VER DECRETO
SUPREMO Nº 67, MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN
SOCIAL, SUBSECRETARIA DE PREVISIÓN SOCIAL, APRUEBA
REGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE ARTÍCULO 15 Y
16 DE LEY N° 16.744, SOBRE EXENCIONES, REBAJAS Y RECARGOS
DE LA COTIZACION ADICIONAL DIFERENCIADA
Pinche aqui > http://www.forest.cl/segur_ar/ds67.htm |
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25/02/04 |
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| Pregunta:
Hola, primero felicitarlos por su excelente labor, mi nombre
es Gerardo y soy estudiante de prevención de riesgos,
mi consulta es la siguiente si una empresa comienza a pagar
sus cotizaciones por concepto de la ley 16744 desde diciembre
del 2003 ¿Cuál será el periodo que se
utilizará en la próxima evaluación del
Decreto Supremo 67?
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Gerardo Cortés |
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| Respuesta: |
| El D.S. 67 responde
tu pregunta:
T I T U L O II
Procedimiento de Evaluación
Artículo 6°.- Los Servicios de
Salud y las Mutualidades de Empleadores evaluarán cada
dos años la siniestralidad efectiva ocurrida en las
respectivas entidades empleadoras en el Período de
Evaluación. Dicho proceso se realizará durante
el segundo semestre del año calendario que corresponda
efectuar la evaluación.
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24/02/04 |
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| Pregunta:
Muchas gracias por la pagina necesito saber donde puedo encontrar
información sobre planes de emergencia para edificios |
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Jorge Ramírez M
Conaserv |
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| Respuesta: |
| En el Organismo Administrador
del Seguro (mutual de afiliación) puedes solicitar
o encontrar información pero te indicamos que la estructurar
de un plan de emergencia es aplicable a cualquier organización
y su implementación obedece a su actividad, infraestructura
y realidades propias.
En todo caso te indicamos los siguientes aspectos a considerar
a modo de guía: > Pinche
aquí
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23/02/04 |
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| Pregunta:
La empresa a la cual yo pertenesco, tiene diferentes lugares
de trabajo, es decir, actualmente existen dos comite paritarios,
uno del Puerto y el otro de la Mina, son dos lugares totalmente
diferentes, con una distancia de 30 kilometros aprox.
> Antiguamente los dos sectores tenian diferentes razon
solcial, por lo que en esa oportunidad se crearon dos Comite
Paritario. ¿que pasa ahora que la empresa tiene una
sola razon social, se pueden crear dos comites o solamente
corresponde la constitucion de uno solo...???
¿en la parte legal, que es lo que corresponde...??
gracias saludos |
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| Roberto
Diaz P. |
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| Respuesta: |
| Se pueden crear dos
CPHS sin problemas:
Decreto 54
Atículo 1: Si la empresa tuviere faenas,
sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes
lugares, en cada una de ellas deberá organizarse un
Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
Corresponderá al Inspector del Trabajo respectivo decidir,
en caso de duda, si procede o no que se constituya el Comité
Paritario de Higiene y Seguridad.
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20/02/04 |
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| Pregunta:
Quisiera saber si me pueden orientar a como poder gestionar
acciones preventivas a empresas que ofrecen servicios de outsourcing.
De antemano, muchas gracias por la ayuda que me pudiesen brindar |
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Mauricio Herrera B. |
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| Respuesta: |
| Las acciones o actividades
de control de riesgos están determinadas o son definidas
considerando a lo menos los siguientes aspectos:
Tenencia de un inventario de riesgos propios de la empresa
colaboradora (outsoursing).
Estos están asociados a la naturaleza del servicio
de outsoursing que se recibe o se entrega a la empresa mandante.
Antecedentes y experiencia anterior.
Exigencias que tiene o hace, en la materia, la empresa mandante.
Exigencias y requisitos contractualmente establecidos.
Políticas tanto del mandante como de la empresa colaboradora.
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19/02/04 |
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| Pregunta:
(1) Existe códigos de colores para clasificar la basura
ya sea papel, cartones, residuos orgánico, plásticos,
cueros y madera.
(2)
Lo que pasa es lo siguiente tengo que confeccionar un diagrama
de flujo para un plan de emergencia, como se confecciona.
Les agradecería que me orientaran un poco, desde ya
muchas gracias. |
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Gina Carrera |
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| Respuesta: |
| (1)
La respuesta es No. Cada organización define
sus estándares para identificar (colores, letreros,
envases u otras) pero lo importante es establecer los procedimientos
y obras que se implementarán para una efectiva protección
del medio ambiente incluyendo al menos los siguientes aspectos:
Manejo de desechos sólidos industriales (chatarras,
baterías, neumáticos, cauchos, y gomas, elementos
de seguridad, restos de maderas)
Manejo de basuras domésticas (desechos orgánicos
e inorgánicos originados en domicilios, oficinas, casinos
etc)
Manejo de aceites, lubricantes, grasas usados, liquidos tóxicos
y lodos de lavados
Manejo de restos líticos
Contaminación accidental de cursos de aguas
Tala de vegetación
Pinturas de obras industriales
Contaminación atmosférica
etc.
(2) Los
flujogramas describen un proceso. Utilizan una variedad de
símbolos para asegurar claridad en la explicación.
En consecuencia mediante la utilización de los símbolos
establecidos por ejemplo:
Rectángulo :
Proceso: La ejecución de una operación que resulta
en alguna modificación y/o adición de valor.
Flechas : Dirección de flujo: La dirección
del flujo del proceso o información.
Rombo : Decisión: Un punto en el cual
es posible una derivación hacia uno o mas caminos alternos.
Triángulo invertido : Almacenaje fuera
de línea: Cualquier almacenaje de información,
sin importar el medio por el cual se registre la misma.
En consecuencia, el plan de emergencia es la fuente de información
para elaborar un flujograma de actuaciones y/o de comunicaciones
del mismo, por ejemplo. |
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15/02/04 |
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| Pregunta:
La consulta es caso cuando uno trabaja bajo una salida de
aire acondicionado esta puede afectar de alguna manera la
salud, y que se debe pedir alguna medicion ambiental de algun
tipo, esperando su respuesta. |
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Juan Rodriguez Meyer
Secretario Comite Paritario Lancargo |
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| Respuesta: |
| Como integrante del
CPHS pueden solicitar al Organismo Administrador del Seguro
(mutual de afiliación) analice y evalúe las
condiciones físicas de funcionamiento operativo del
lugar de trabajo y emita un informe correspondiente para actuar
en consecuencia.
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12/02/04 |
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| Pregunta:
Buenas tardes:
Mi consulta es la siguiente:
¿Quién debe entregarlos elementos de protección
personal a los alumnos en práctica? (El establecimiento
educacional, la empresa, el alumno, etc) ¿Dice algo
la legislación al respecto?
Gracias por su ayuda!!!!!! |
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| Yenny
Ruiz U. |
| |
| Respuesta: |
| Los EPP son entregados
por la empresa a sus trabajadores sin costo para ellos, sin
distinción ninguna.
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12/02/04 |
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| Pregunta:
A raíz de una consulta que me han realizado transmito
a ustedes la siguiente inquietud.
¿Existe en la Ley algún articulo que limite
el horario del uso del computador? y esto esta asociada a
alguna enfermedad catalogada como enfermedad profesional?
Saluda Atentamente |
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| Antonieta
Pino Cisterna |
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| Respuesta: |
| Respecto
a la digitación (frente a comupatadores) Art-. 96 del
DS 594. Aprueba Reglamento
sobre condiciones sanitarias básicas y ambientales
en los lugares de trabajo:
Un trabajador no podrá dedicar a la operación
de digitar, para uno o mas empleadores, un tiempo
superior a 8 hrs diarias ni a 40 hrs. semanales ,
debiendo concedérseles un descanso de cinco minutos
después de cada periodo de 20 minutos de digitación
continua , durante la jornada de trabajo.
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11/02/04 |
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| Pregunta:
A los señores :
Estoy encargado de diseñar las vías de transito
de las personas y maquinarias que circulan por los pasillos
de la empresa para prevenir algún accidente que se
pudiese suscitar.¿ cuáles son los criterios
y/o normativas que se pueden utilizar para un buen diseño
de estas ?
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|
Luis Contreras |
| |
| Respuesta: |
| No tenemos
información tan específica pero te podemos indicar
que las dimensiones de pasillos de transito vehícular
esta sujeto al tamaño del vehículo y disponibilidad
de espacio transitar por él, cuando el área
y los vehículos como es tu caso, ya están en
faena, es decir, no se diseñaron a nivel de proyecto.
Respecto a ancho de pasillos para transito personal tampoco
tenemos información de disposiciones o normas pero
te indicamos lo que logramos rescatar:
Los anchos para circulación horizontal de personas
que establece Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo
y Construcción, para adultos en colegios es de 1,80
mts a 2,40 mts. para 80 personas y un incremento de 0,15 mts
por cada 30 personas.
El ancho útil de la vía de transporte vehicular
debe dejar un espacio mínimo de un (1) metro a cada
costado del vehículo de transporte. Disponer de áreas
o refugios señalizados para el personal que transite
por ellas.
Esta disposición, que es lo encontramos, se encuentra
en D.S. 72 Reglamento de Seguridad Minera art. 368.
Lo anterior se funda en gran medida en lo dispuesto en el
DS 594 sobre Condiciones sanitarias y ambientales básicas
en los lugares de trabajo en Titulo I Del saneamiento básico
de los lugares de trabajo, Párrafo I De las condiciones
generales de construcción y sanitaria, art. 4: “La
construcción, reconstrucción, alteración,
modificación y reparación de los establecimientos
y locales de trabajo en general, se regirán por la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción vigente.
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11/02/04 |
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| Pregunta:
Junto con saludarles y felicitarlos por sus comentarios les
consulto lo siguiente:
Quienes deben confeccionar la "DECLARACIÓN JURADA
DE EXISTENCIA DE REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y OBLIGACIÓN
DE INFORMAR"?;
A donde hay que enviarla?; y por último, donde puedo
conseguir un formato de reglamento interno?
Agradecido de ante mano
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Godofredo Quevedo Cáceres
T&Q Asesorias |
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| Respuesta: |
| No tenemos antecedentes
sobre la realización de una Declaración Jurada
de existencia de RIHS. Todo RIHS es elaborado por la empresa,
revisado y aprobado por los trabajadores, luego aprobado por
la Inspección del Trabajo y recién es publicado
y entregado a los trabajadores. La distribución del
documento final es al Ministerio del Salud, Región
Metropolitana (Avda. Bulnes 175. En regiones, en la Oficina
Regional respectiva)
El formato lo pueden con seguir en el INP "Reglamento
tipo de Orden, Higiene y Seguridad" confeccionado de
acuerdo al DS Nro. 40 de la ley Nro.16744 y al Código
del Trabajo D.F.L. Nro.1
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10/02/04 |
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| Pregunta:
Junto con felicitarlos, me permito hacerles la siguiente pregunta
:
¿Sólo corresponde a las empresas industriales
o comerciales, disponer de un reglamento interno de orden,
higiene y seguridad? (Art. 153. CODIGO DEL TRABAJO, Título
III, Del Reglamento Interno). A un servicio público
descentralizado como el nuestro, no le correspondería?
De antemano,agradecido por su respuesta.
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José González Z.
Presidente Comité Paritario - Gobierno Regional,
Región de Coquimbo. |
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| Respuesta: |
| El Código
del Trabajo en los términos del Art. 149 y siguientes,
establece la obligatoriedad de mantener al día un Reglamento
Interno de Orden, Higiene y Seguridad si se trata de una empresa
industrial o comercial que ocupe normalmente, 25 trabajadores
o mas permanentes, contados los que presten servicios en distintos
fábricas o secciones , aunque estén situadas
en localidades diferentes.
La Ley Nro. 16744 Art.
67y el itulo V del D.S. Nro. 40 establecen la obligatoriedad
de mantener al día un Reglamento Interno de Higiene
y Seguridad, para empresas o entidades con menos de 25 trabajadores
o que teniéndolos no estén comprendidos dentro
de las señaladas en el párrafo anterior.
En consecuencia,
tal como uds. tienen un CPHS conforme a la Ley 16.744, también
en cumplimiento de la misma ley deben tener un Reglamento
de Higiene y Seguridad. |
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05/02/04 |
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| Pregunta:
Quisiera que me dieran respuesta
a una inquietud.
Mi empresa está en tramite para calificar en el "sistema
de gestión de seguridad y salud ocupacional ohsas 18001".
¿Cual es la función que cumple el representante
de los trabajadores en este sistema de gestión?.
Atentamente: |
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LUIS TOBAR REYES |
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| Respuesta: |
| Todos los miembros
de la organización deben participar activamente en
el proceso implementación, internalización y
maduración del sistema de gestion SSO. De igual manera
lo debes hacer tú y como represente de los trabajadores
te sugerimos revises la oshas 18001 en detalle y prestes especial
atención en lo relacionado con el “establecer
y mantener procedimientos” (en itemes que te indicamos),
por la importancia que tienen para todos los trabajadores.
Reitero que esta recomendación no excluye de ninguna
manera el análisis de la norma en su integridad. Item
a tener especial atención:
4.4. Implementación y operación
4.4.2 Entrenamiento, conciencia y competencia
4.4.3 Consulta y comunicación
4.4.7. Preparación y respuesta ante emergencias
4.5.1 Monitoreo y medición de desempeño (accidentes
y enfermedades profesionales)
4.5.2 Accidente, incidentes, no conformidades
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05/02/04 |
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| Pregunta:
Hola, soy funcionario público, me desempeño
en el comité paritario de mi trabajo , como representante
de los trabajadores hace como un año aproximadamente.
Sucede que actualmente enfrento una situación personal
que redunda en que me resulta muy difícil continuar
funciones en dicho comité, por lo que he querido renunciar
al tal, pero la renuncia se me ha negado aduciendo que debo
continuar hasta terminar el periodo de dos años. lo
que agradecería de uds. es que me orienten respecto
de si existe algún respaldo legal en el que se indique
que ellos me tengan que aceptar la renuncia, o si me pueden
obligar a estar en el cargo aún cuando Señalo
que al presente no quiero ocuparlo. Lo que yo sé es
que si falto a dos reuniones seguidas sin presentar justificación
es causa para cesar la función, pero esto me significaría
posibles sanciones de parte de la jefatura( así me
lo indicó el Director del Centro)
Agradeciendo una respuesta
atte |
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Funcionario Publico. |
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| Respuesta: |
| Según lo dispuesto
en el DS54, no existe prohibición de renunciar al CPHS,
tampoco la obligatoriedad de cumplir el periodo para el cual
fue elegido y menos de aplicación de sanción
por la renuncia voluntaria. Cabe señalar que su puesto
queda cubierto de inmediato según lo dispone el mismo
decreto.
No debe olvidar que Ud. es representante elegido por los trabajadores,
no es representante de la empresa y el Director del Centro,
no tiene ninguna tuición sobre el C.P.H.S.
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30/02/04 |
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| Pregunta:
existe algun procedimiento seguro para encarpar y estibar
cargas de camiones con carros
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MARCELA ESPINOZA |
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| Respuesta: |
| Debe existir pero no
tenemos los antecedentes. Sin embargo, el procedimiento se
pueden elaborar entre el Experto en Prev. De riesgos , la
supervisión y operadores involucrados.
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30/02/04 |
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| Pregunta:
Hola, estoy realizando unos trabajos de investigación,
y, si puede, le agradezco si me puede ayudar a encontrar esta
información u orientar dónde la puedo solicitar.
Muchas gracias!
1.- Los apoyos municipales,
asistenciales y gubernamentales para la familia de una persona
que muere
2.- Ayudas asistenciales en casos de muerte accidental.
Muchas gracias!
que tenga una semana en paz,
con cariño |
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Karina Ohme
ONG Despertares |
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| Respuesta: |
| Respecto a los apoyos
municipales, asistenciales y gubernamentales, no existe obligatoriedad
y en el caso de las municipalidades específicamente
por ejemplo, cada una de ella establece, si así lo
desea, algún sistema o tipo de apoyo.
Las prestaciones en caso de muerte accidental lo puedes encontrar
en detalle en la Ley 16744 Titulo V Prestaciones. > http://www.paritarios.cl/legales.htm
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29/01/04 |
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| Pregunta:
Hola me gustaria saber exactamente que es la negligencia inexcusable
por parte de los trabajadores en una empresa y como se aplica.
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| Victor
Chacano |
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| Respuesta: |
| Adjuntamos archivo
que contesta su pregunta > Pinche
aquí
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29/01/04 |
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| Pregunta:
(1) Necesito saber si existe alguna prohibición en
lo que refiere al uso del aire comprimido para limpieza de
la ropa de los operarios en la Industria, y si es permitido
cual es la velocidad máxima permitida. Si existe normativa
conocida, favor enviar una copia.
(2) Necesito saber si el
aire comprimido, al aplicarlo en la ropa que esta puesta sobre
el cuerpo, daña alguna parte del organismo, ya que
al estar comprimido tiene una velocidad muy alta.
De antemano gracias.
Atte. |
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| MARCELA
ESPINOZA |
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| Respuesta: |
| (1) Entendemos que
normativa como regulación, no existe pero en las empresas
donde la condición ambiental asocia material en suspensión
que se adhiere a la ropa, se establece la prohibición
sin excepción. La razón es el riesgo de proyección
de partículas en todas direcciones especialmente a
la vista y no sólo a la persona que esta realizando
la acción, sino a cualquier otro que se encuentre en
las inmediaciones. De hecho esto a ocurrido en reiteradas
ocasiones y de allí su prohibición sin excepción
e incluso es incorporada en el Reglamento Interno de la empresa
cuando existe en ella este riesgo.
(2) Si, la probabilidad es cierta y además la proyección
de partículas especialmente a la vista y el contacto
con parte del cuerpo descubierto puede ocasionar algún
daño.
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28/01/04 |
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| Pregunta:
cuales son las especificaciones técnicas desde el punto
de vista construcción para una planta de riles En que
consiste una carecterización de las aguas
Como se debe implementar una planta de riles a un lugar que
elimina desechos liquidos por desagüe |
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| María
Guadalupe Guerrero Erices |
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| Respuesta: |
| Antecedentes
de lo solicitado en:
Ley Nro.3133 Neutralización de residuos industriales
provenientes de establecimientos industriales D.O. Nro. 11568
07.09.1916
Ley Nro. 18902 articulo2
D.S. 351. MOP Aprueba Reglamento para neutralización
y depuración de los residios líquidos industriales
a que se refiere la Ley 3133
D.S. Nro.867 MOP Declara Norna Chilena Oficial 1333 Establece
requisitos de calidad del agua para diferentes usos
Decreto Nro.90 Establece normas de emisión para la
regulación de contaminantes asociados a las descargas
de residuos líquidos a aguas marinas y continentales
superficiales
Decreto 1172 MOP Modifica parte del Decreto 351 indicado
www.conama.cl
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25/01/04 |
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| Pregunta:
Hola, mi pregunta es: quiero informarme sobre las caracteristicas
tecnicas que debe tener una bodega de combustibles y los vehiculos
que transportan combustibles para abastecer a otras maquinas
dentro de un predio forestal. Gracias
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| Sebastian
Gonzalez M. |
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21/01/04 |
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| Pregunta:
Me gustaria saber si las empresas que ofrecen asesorias en
prevencion de riesgos estan prohibidas legalmente en alguna
ley o jurisprudencia. |
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| Victor
Chacano Rodriguez |
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| Respuesta: |
| No... No están
prohibidas.
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21/01/04 |
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| Pregunta:
Mi pregunta esta relacionada con los accidentes de trayecto:
Es accidente de trayecto, aquel que ocurre en el ante jardin
de la casa antes de salir a la calle publica, cuando se dirigue
al trabajo en la mañana.
Gracias y espero sus comentarios. |
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| Mauricio
Tapia F. - Mario Avila R. |
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| Respuesta: |
| Es accidente del trabajo
todo el ocurrido en el Trayecto Directo de
ida o regreso del trabajador entre su habitación y
su lugar de trabajo y no considera detenciones ajenas y voluntarias
al trayecto mismo.
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18/01/04 |
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| Pregunta:
estimados señores..
quisiera felicitarlos a quien corresponda por tener este medio
y ayudar con informacion clara y directa a quienes la solicitan...
mi pregunta es la siguiente:
¿es obligaccion del comite enviar las actas de las
reuniones ordinarias o de caracter extraordinarias a las entidades
que nos regularizan?
¿quienes serian estas entidades?
¿ y cuanto tiempo tiene el comite para enviar las actas?
¿ y en decreto sale o articulo que respalda los envios
de las actas?
estare atento a sus comentarios y respuesta
saluda atte. |
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JORGE
CARMONA VALDIVIA.
PRESIDENTE DE CPHS DE CENTRAL ASEO. |
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18/01/04 |
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| Pregunta:
sres.comite paritario
mi pregunta es la siguiente,quisiera saber que funcion cumple
el secretario de un comite paritario.
atte.gracias. |
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| Christian
Villagra M. |
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| Respuesta: |
| Con respecto a su consulta,
las funciones del secretario del Comité Paritario son:
- Llevar libro de actas.
- Preparar el acta de cada reunión.
- Distribuir actas.
- Informar sobre el avance de los acuerdos tomados.
- Encargarse de las relaciones públicas del Comité,
tanto internas como externas.
- Enviar las actas (copia) al Organismo Administrador (Mutual
a la cual pertenece su Empresa).
- Citar a reunión a los miembros del Comité
y personas invitadas.
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16/01/04 |
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| Pregunta:
Deseo obtener informacion hacerca del correcto almacenamiento
de los medicamentos en los hogares y los riesgos que pueden
existir cuando consumimos un medicamento vencido
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| Sharon
Estrada |
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| Respuesta: |
| Medidas Preventivas
con los Medicamentos en el hogar:
Nunca acepte medicamentos por otra persona que no sea su médico
tratante.
Disponga de un solo lugar, lejos del alcance de los niños,
para guardar todo tipo de medicamento.
No los maneje dentro de un velador, recuerde que la curiosidad
de los pequeños sobrepasa nuestro cuidado y control.
Nunca los cambie de envases. Pueden llevarlo a equívocos
en su ingestión.
No ingiera ningún medicamento en la oscuridad. Podría
ser un error con trágicas consecuencias.
Bote aquellos medicamentos sobrantes una vez terminado el
tratamiento. ¡Nunca los regale!
Es un error utilizar el Botiquín para esta función.
Este está diseñado para contener exclusivamente
elementos de Primeros Auxilios.
Antes de ingerir un Medicamento: Verifique la fecha de vencimiento.
Si un Medicamento le produce efectos nocivos, deje de romarlo
y consulte de inmediato a un medico.
Fuente: Libro Para Vivir Mejor (www.paravivirmejor.cl) |
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14/01/04 |
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| Pregunta:
Hola, primero felicitarlos por su página es muy útil.
Bueno mi consulta es la siguiente, resulta que estamos en
proceso de certificación de normas iso 9001; 14001
y Ohsas 18001, y necesito si me pueden ayudar en temas PRO
ACTIVOS, lo que sea me servira.
Atte
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| Eduardo
Marín P. |
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| Respuesta: |
| Te recomendamos solicitar
información en Codelco Chile (Divisiones de Chuquicamata,
El Teniente o Andina) quienes se encuentran en procesos similares
y ellas cuentan material de gran calidad en este sentido.
También puedes solicitar ayuda en empresas chilenas
certificadoras en estas normas. Estas empresas tienen alianzas
con certificadoras internacionales (Global Quality por ejemplo)
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13/01/04 |
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| Pregunta:
Existe altura minima para usar cinturon de seguridad o arnes. |
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| Jorge Ramírez |
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12/01/04 |
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| Pregunta:
hola... primero que nada quiero
felicitarles por su excelente pagina.
soy un estudiante en practica
de la Universidad Tecnica Federico Santa Maria, Sede Tacahuano,
estoy realizando mi practica profesional en la empresa sodimac,
en una bodega ubicada en San Vicente.
bueno mi consulta es donde
puedo encontrar como verificar las cadenas, cuerdas, y mantencion
en general que se le debe hacer a una grua puente, lo que
mas me intereza es sobre las cuerdas de acero como saber que
resistencia tienen en relacion a la cantidad de pelillos cortados,
en la empresa existen 4 gruas puente 2 de 5 toneladas, 1 de
7 toneladas y 1 de 10 toneladas, utilizadas para cargar camiones
y almacenamiento de planchas de acero y fierros.
lo otro qe me intereza
es como o donde encntrarlos proicedimientos de trabajo para
una cierra circular, una conformadora, y 2 la minadoras en
frio y caliente respectivamente.
desde ya muchas gracias,
espero recibir surespuesta muy pronto, gracias, este material
sera de gran ayuda para realizar mi practica profesional. |
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| Max
A. Mella Zenteno |
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| Respuesta: |
| Las gruas
puente y los cables de acero, eslingas/estrobos, son definitivamente
componentes críticos para el manejo de cargas. Su inspección
periódica y sistemática es indispensable para
lograr que los procesos productivos asociados se mantengan
en un régimen de marcha continua y con pérdidas
mínimas. Por lo general la ocurrencia de accidentes
durante este proceso (manejo de cargas) son un alto nivel
de gravedad y perdidas tanto humana como materiales.
Por lo anterior, el programa de inspecciones debe considerar
personal con experiencia y especialista en la materia.
Te recomendamos informarte en
"Manual de Acero" Kupfer Hnos. S.A.
"Cables" IST
"Manual de Prevención de Accidentes para Operaciones
Industriales" CIAS
"Manual de Cables de Acero" PRODINSA
La elaboración o asesoría para la elaboración
de procedimientos de trabajo, es función y responsabilidad
del Experto en Prevención de Riesgos, en consecuencia,
es una materia que debieron enseñarte en la Universidad.
De esta manera y como no tenemos información específica
en lo requerido, salvo que alguien que visita este sitio te
ayude, tu deberías confeccionarlos junto al supervisor
y personal operador de los equipos mencionados.
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12/01/04 |
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| Pregunta:
Por medio de la presente solicitamos tengan a bien indicarnos
algún tipo de informaciòn con respecto a Profesionales
Prevencionista de Riesgos Sernageomin Clase B o Superior,
para efectos de llevar a cabo las labores de prevención
en Faenas Mineras de la Empresa Codelco.
Agradecidos de antemano |
 |
Eduardo
Navarrete A.
Comité Paritario A-1 Alarmatic Chile Ltda |
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| Respuesta: |
| con respecto
a su consulta ver Decreto Supremo #72 Reglamento de Seguridad
Minera. Mayores antecedentes en Sernageomin (ver dirección
en Sitio de Interés de nuestro sitio) > Sitios
de Interés
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07/01/04 |
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| Pregunta:
Me gustaría saber si ustedes cuentan material referente
a investigaciones realizadas en personas que frecuentemente
tienen accidentes laborales enfocadas desde la psicología.
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| Luz
Arratia |
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| Respuesta: |
| Con respecto
a su consulta No tenemos dicha información, pero puedes
consultar en las Mutualidades de Empleadores (ACHS,CCHC,IST)
Ver dirección en
esta página :"sitios de interés" >
Sitios
de Interés
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05/01/04 |
 |
| Pregunta:
Tengo que diseñar e implementar un plan de evacuacion
de emergencia en la empresa en la que estoy (evacuacion en
caso de incendios, terremotos,derrames de productos quimimcos,
etc.), me gustaria saber si existe alguna norma chilena que
exiga ciertos requisitos, o que en su defecto exista en algun
lado (pagina de internet)ciertas recomendaciones o plantilla
standard de cierto puntos a implementar, ademas que tengo
un problema de espacio, no tengo donde asignar las zonas de
seguridad, ya que a la salida de la empresa hay muchos postes
de luz y arboles, y en el patio interior esta rodeado de una
edificio con ventanas las cuales en caso de sismo pueden caer.y
hay que agregar que en el edificio trabajan sobre 200 personas
de antemano, muchas gracias por la ayuda que me pudiesen brindar.
|
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Alvaro
Rodriguez
Estudiante de Ing. en prev. de riesgos |
| |
| Respuesta: |
| Con respecto a tu consulta,
la tenencia de áreas y vías de evacuación
son imprescindibles para la operatividad de un procedimiento
de actuación en caso de emergencia, en consecuencia,
debes crearlas de algún modo.
Adjunto un modelo (Pincha
aquí) bastante completo para elaborar
un procedimiento de emergencia en caso de incendio que te
puede servir como base para elaborar el tuyo ya que cada lugar
requiere de su propio procedimiento de acuerdo realidad y
necesidad. Tienes que implementarlo conforme a lo indicado.
Articulos Relacionadosl:
http://www.paritarios.cl/especial_extintores.htm
http://www.paritarios.cl/consejos_incendios.htm
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03/01/04 |
 |
| Pregunta:
Es posible que ustedes puedan enviar por este medio información
referente a las “basuras”
¿A que distancias de
dependencias en donde trabajan personas deben depositarse?
¿Qué tipos de enfermedades pueden afectar a
estas personas?
¿Qué ley las regula?
¿Pueden las Autoridades cursar multas por el no cumplimiento
de alguna norma?
¿Dónde puedo bajar alguna información
al respecto en Internet?
Gracias por la información |
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| Luis
Enrique Zuniga Saldias |
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| Respuesta: |
| Puedes
encontrar informacion en www.conama.cl Por medio del extracto
publicado en el D.O. del 03.01.2003, se inicio el proceso
de Consulta Pública para la dictación del Reglamento
de Rellenos Sanitarios.
- Este Reglamento
establece las condiciones sanitarias y ambientales que deberá
cumplir todo sitio destinado a la eliminación en terrenos
de basura, desperdicios o residuos sólidos de origen
domiciliario y otros asimilables.
- Además, el Reglamento, entre otras, establece las
condiciones técnicas que deben cumplir los sitios destinados
a la construcción de rellenos sanitarios, requerimientos
para el diseño de los respectivos proyectos de ingeniería
así como para su operación.
|
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 |
Estimados
Usuarios y Suscritos a Paritarios.cl
Comunicamos que el servicio de “Pregunte
al los Expertos” se encuentra suspendido,
hasta nuevo aviso. Solicitamos que busque la respuesta a su
consulta entre las ciento de preguntas ya contestadas o dentro
de los miles de artículos o notas publicadas en este
Portal.
Todas las otras secciones y actualizaciones del sitio siguen
funcionando de manera normal.
Por su comprensión muchas gracias.
Atte.
Paritarios.cl
El Portal de la Seguridad y Salud ocupacional de Chile. |
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