La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas.
Junto a ello, claro está, la información y la formación de los trabajadores dirigidas a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan.
El instrumento fundamental de la acción preventiva en nuestra empresa es la obligación de estructurar una acción a través del autocuidado en las tareas diarias de todos y cada uno de nuestros trabajadores; por ese actuar la empresa; “Comité Paritario, Gerente y en si toda la institución” se une para seguir destacando al TRABAJADOR SEGURO, mes a mes.