¿Quiénes pueden ser elegidos como representantes de la empresa?
Personas vinculadas preferentemente a las actividades técnicas que se desarrollen en la industria o faena donde se haya constituido el comité paritario.
3. Elección de los representantes de los trabajadores
La elección de los miembros representantes de los trabajadores se realiza mediante votación secreta y directa, convocada y dirigida por el presidente del Comité Paritario que termina su período, con no menos de 15 días de anticipación a la fecha en que deba celebrarse, por medio de avisos colocados en lugares visibles de la respectiva empresa, industria o faena.
En esta elección podrán tomar parte todos los trabajadores de la respectiva empresa, faena, sucursal o agencia; y si alguno desempeñara parte de su jornada en una faena y parte en otra, podrá participar en las elecciones que se efectúen en cada una de ellas. Para ello deben inscribirse los trabajadores interesados en participar que cumplan con los requisitos exigidos:
- Tener más de 18 años.
- Saber leer y escribir.
- Tener al menos un año de antigüedad en su trabajo.
- Realizar cursos de orientación en prevención de riesgos.
En esta elección resultarán elegidos como representantes titulares quienes obtengan las tres más altas mayorías, y como suplentes quienes los sigan en orden decreciente de sufragios.
¿Cuánto tiempo durarán en su cargo?
Los miembros del Comité Paritario duran dos años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos.
4. Comunicación de los resultados de la elección
Una vez que todos los integrantes del CPHS (titulares y suplentes) hayan sido elegidos, sus nombramientos deben comunicarse a:
- Inspección del trabajo.
- Trabajadores de la empresa, faena, sucursal o agencia.
La comunicación de los resultados de la elección a la Inspección del Trabajo debe realizarse a través de una Carta Certificada. En el caso de los trabajadores de la empresa, los resultados deben ser comunicados y difundidos a través de circulares internas y avisos publicados en lugares de alta afluencia de trabajadores. (Para más información acerca de estos formatos, se recomienda revisar el Manual “Comités Paritarios de Higiene y Seguridad: Una Guía Práctica para su Constitución”).
5. Documentación necesaria
Todos los documentos necesarios para la creación de un CPHS pueden ser retirados en la Dirección del Trabajo respectiva. Este procedimiento también puede realizarse a través de Internet en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl. En este caso, sólo debe estar registrado para obtener su clave de acceso y seguir las instrucciones que ahí se indican.
La documentación que debe presentarse para la creación de un CPHS es la siguiente:
- Cédula de identidad (personas naturales)
- Copia de RUT de la empresa
- Copia de cédula de identidad del representante legal
- Copia de la escritura en que se designa el representante legal (personas jurídicas)
6. Definición de los cargos al interior del Comité Paritario
El siguiente paso es la definición de los cargos de Presidente y Secretario del Comité, los que deben elegirse de entre sus seis miembros titulares. En el caso que hubiese un empate, éste debe resolverse por sorteo. El comité formalizará su creación a través de un Acta de Constitución.
7. Reunión del Comité Paritario de Higiene y Seguridad
El proceso de creación del CPHS finaliza con la reunión de la totalidad de los miembros del Comité. Un CPHS debe reunirse en forma ordinaria una vez al mes, y en forma extraordinaria, a petición conjunta de un representante de los trabajadores y de uno de la empresa. También puede reunirse en caso de ocurrencia de un accidente grave o que provoque la muerte de algún trabajador; o que a juicio del presidente, le pudiera originar a uno o más de ellos una disminución permanente de su capacidad de ganancia superior a un 40%.
El CPHS Podrá funcionar siempre y cuando concurra al menos un representante de la empresa y uno por parte de los trabajadores. Cuando a las sesiones falten la totalidad de los miembros de una de las partes, no podrá efectuarse la reunión. Por último, todos los acuerdos del CPHS se adoptarán por simple mayoría. |