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Como postular a capacitacion

 

Para aprovechar la franquicia tributaria, el curso debe tener código Sence.

En esta categoría caen las que venden entre 2.400 y 100 mil UF al año. Foto:El Mercurio

Los contribuyentes que tributan en primera categoría del impuesto a la renta pueden perfeccionar en distintas áreas a propietarios, socios y trabajadores de la empresa siempre y cuando tengan una base imponible, según informa el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence). En el caso de los microempresarios individuales unipersonales que no cuentan con más trabajadores a su cargo, éstos deben tener una base imponible, y para ello hay que hacer un contrato para cotizar en forma individual, aunque sea por los meses que dure el curso de formación.

Aquellos que tengan trabajadores contratados tienen hasta el 1% de las remuneraciones anuales imponibles del conjunto de sus trabajadores para ocupar en acciones de capacitación, dinero que se descuenta de los impuestos.

Para hacer efectivo este proceso, el trabajador se pone de acuerdo con su empleador. Lo recomendable es que el curso tenga relación con la labor que éste desempeña, es decir, que sirva para elevar la productividad de la empresa. El curso debe contar con código Sence, que acredita que está sujeto a la franquicia tributaria de capacitación.

El alumno o el contribuyente deben bajar desde www.sence.cl/documentos, en tres copias, el formulario único de comunicación, rectificación y liquidación, llenarlo con sus antecedentes y entregarlo al menos un día antes del inicio del curso en la dirección regional del Sence. Al término del curso hay 60 días corridos para regresar con los formularios timbrados y liquidar la prestación. A ese formulario se debe incorporar la factura del organismo técnico capacitador que acredite el pago y el certificado de asistencia donde se estipule que el alumno cumplió al menos con el 75%.

En marzo del año siguiente el contribuyente deberá declarar el formulario 1887 (planilla de remuneraciones imponibles) y en abril los gastos incurridos en capacitación para el descuento tributario.

BancoEstado y otras entidades financieras tienen líneas de crédito para estos fines usando un mandato que se hace con la Tesorería General de la República, para que los gastos sean reembolsados directamente a la institución que otorgó el crédito.

Fuente: El Mercurio

 
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