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Pactos de adaptabilidad de la jornada de trabajo
 

En el documento Agenda Laboral Nª3, se presenta un análisis sobre esta iniciativa que pretende dotar tanto a empleadores como a trabajadores de herramientas eficaces para aumentar la competitividad de las empresas y proteger los puestos de trabajo.

La propuesta abre la posibilidad de que trabajadores y empleadores negocien en cada empresa modalidades de cumplimiento de la jornada laboral, adecuadas a las necesidades productivas y de empleo.

   

A través de esta iniciativa se pretende dotar a las partes de herramientas eficaces para aumentar la competitividad de las empresas y proteger los puestos de trabajo.

En la actualidad, la existencia de límites rígidos en la duración diaria y semanal de la jornada de trabajo, constituye un obstáculo para la adaptación de las empresas a los cambios en los ritmos de producción, cada vez más frecuentes en economías abiertas.

Desde la perspectiva de los empresarios, los pactos de adaptabilidad de la jornada de trabajo facilitan un mejor ajuste de la producción y las ventas junto con menores costos asociados a un mayor aprovechamiento del tiempo de trabajo pagado.

Por sobre todo, la adaptabilidad permitirá resguardar la estabilidad laboral de los trabajadores frente altibajos estacionales o a periodos de baja actividad, flexibilizando jornadas anuales.

1.- Chile: mayor número de horas trabajadas al año y baja productividad

En la actualidad, el 66% de los ocupados totales del país trabaja más de 45 horas a la semana, de los cuales incluso un 16% trabaja más de 49 horas.

Ello ha posicionado a Chile en el primer lugar un ranking de 57 países de mayor cantidad de horas trabajadas. En efecto, Chile llega a 2.244 horas contra 1.700 a 1.800 horas en algunos países europeos.

Sin embargo, ello no tiene como contrapartida una alta productividad, pues ocupa el lugar 43 de 59 países . Chile tiene una productividad de US$ 12,05 por persona, frente a productividades mayores a los US$ 30 por persona en los países desarrollados. (Informe de Competitividad Mundial, 2003.

Ello ocurre a nivel agregado, ya que si bien la productividad horaria ha sido creciente durante la década de los noventa, se manifiesta una gran heterogeneidad entre los sectores productivos. Teniendo las pequeñas y medianas empresas y sectores de servicios, niveles de productividad muy inferiores a los sectores modernos.

Organizar la jornada laboral de manera más eficiente es un desafío con miras a la reducción general de la jornada a partir del año 2005, a 45 horas semanales, según la reforma laboral vigente. Ello permitirá elevar y homogenizar los estándares de productividad actuales.

2.- Infraccionalidad sistemática a normativa sobre jornada.

Sin considerar los temas previsionales,aquellos asociados a jornada son los que generan mayor cantidad de denuncias, representando el 20% al año 2001 y el 18% en el 2002. En el mismo periodo las multas por infracciones referentes a jornada aumentaron del 29% al 34% respecto del total de multas.

Los incumplimientos se han centrado en horas extraordinarias, descanso semanal y jornada semanal máxima.

3.- Jornadas excepcionales

Por otra parte, los sistemas excepcionales de distribución de jornada de trabajo y los descansos son una alternativa cada vez más demandada por aquellas actividades productivas para las cuales la normativa general no les permite una buena adecuación.

Este mecanismo de “flexibilidad administrativa” cuya facultad de autorización recae en la Dirección del Trabajo, se orientó en la década de los noventa hacia las instalaciones de ingeniería y montaje industrial requeridas para los yacimientos mineros y su explotación.

En el periodo más reciente dichas autorizaciones han sido demandadas por otros rubros productivos que funcionan en centros urbanos y desarrollan procesos de trabajo continuo, incorporan tecnologías complejas y necesitan trabajadores de alta calificación.

Las solicitudes de jornadas excepcionales presentadas pasaron de 311 en 2001 a 391 en 2002.

La creciente demanda de este mecanismo demuestra que es necesario avanzar hacia acuerdo más complejos para la adaptación de la jornada de trabajo en un contexto de creciente competitividad productiva.

4. Objetivos y Contenidos de la propuesta

* Adecuar la jornada de trabajo a las fluctuaciones de la actividad productiva.

El pacto supone la distribución irregular de la jornada diaria, sin alterar las reglas de distribución semanal de la jornada de trabajo vigente (en 5 o en 6 días). Pudiendo existir días, semanas, meses o períodos en el año en que se trabajará más y otros menos, lo que conlleva al mantenimiento de un «banco de horas» anual.

Sí estos sistemas consideraran, como se propone, un máximo de 45 horas de trabajo semanales promedio implicarían que para el año 2005 la jornada se podría reducir a 44 horas.

* Flexibilizar la norma que fija límites inamovibles a la duración de la jornada diaria y semanal.

Se consideran límites máximos de 12 horas diarias de trabajo distribuidos en 5 o 6 días, ciclos máximos de 9 días continuos con 3 de descanso y descansos dentro de la jornada.

*Horas extraordinarias.

La propuesta dispone que los pactos de adaptabilidad contemplen un tope anual de 150 horas extraordinarias («banco de horas extras»). Estas operarían una vez agotado el banco de horas ordinarias, o cuando el sistema de jornada implementado lo permita.

* Compensación de horas de descanso en caso de término de la relación laboral.

Los pactos han de contemplar, en caso de término de la relación laboral (despidos o contratos de trabajo de duración inferior a un año, la compensación proporcional de los días u horas de descanso contemplados en el respectivo período anual que sirve de referencia, en forma similar al pago del feriado proporcional.

* Autorización de sistemas excepcionales en casos calificados

Por último, la propuesta mantiene en forma paralela al sistema esbozado anteriormente, la labor desarrollada por la Dirección del Trabajo en torno a la facultad para autorizar sistemas excepcionales para casos calificados en que no sea posible aplicar las reglas generales en materia de jornadas y descansos o los parámetros contemplados para los pactos de adaptabilidad. Esta facultad se limita en atención al lugar en que se desarrollan las labores (lugares apartados de centros urbanos).

5.- Representación de los trabajadores

En la negociación de los pactos la representación de los trabajadores considera varias posibilidades.

* El sujeto habilitado para negociar las alternativas de jornadas debe ser él o los sindicatos existentes en la empresa, detentando éstos la representación del conjunto de los trabajadores involucrados.

* Un comité de empresa integrado proporcionalmente por trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, si él o los sindicatos de la empresa afilian a menos del 50% de los trabajadores.

* En empresas sin sindicato vigente, el sujeto habilitado para negociar estas alternativas de jornadas deberá ser un grupo de trabajadores que se unen para estos efectos, de conformidad a las reglas incorporadas en la última reforma.

* Acuerdos supra-empresa: adicionalmente, tratándose de empresas de hasta 25 trabajadores, cualquier organización sindical inter-empresa y organización de empleadores de la misma naturaleza, podrán voluntariamente convenir un pacto de jornada.

En tal caso, los trabajadores de las empresas involucradas expresarán su voluntad de adherirse a dicho acuerdo a través de votación realizada en asambleas sujetas a las mismas formalidades antes señaladas.

Lo anterior implica una fórmula interesante de negociación supra - empresa, en la medida que entidades empresariales y sindicales representativas de todo un sector económico puedan establecer un pacto de adaptabilidad tipo o marco.

Adicionalmente, la propuesta contempla requisitos que apuntan a que el sistema sea compatible con la salud de los trabajadores y que el empleador esté al día en el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, como condiciones indispensables para optar a estas modalidades.

Departamento de Estudios
Subsecretaria del Trabajo

 

Artículo aparecido en www.mintrab.cl

 
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