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NUEVO REGLAMENTO PERMITIRÁ MAYOR CONTROL SOBRE SEGURIDAD Y CALIDAD DE
  PRODUCTOS ELÉCTRICOS Y DE COMBUSTIBLES
 
Los usuarios de más de 230 productos eléctricos y de combustibles, de uso doméstico e industrial, que se comercializan en el país serán los mayores beneficiados con la próxima entrada en vigencia del nuevo Reglamento de Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles, el cual hoy fue presentado a la industria sectorial por la superintendenta de Electricidad y Combustibles, Patricia Chotzen.
 

El nuevo marco reglamentario, establecido en el Decreto Nº 298 de 2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, tiene como finalidad establecer los procedimientos para la certificación de seguridad y calidad de los productos, previo a la comercialización en el país, como también normar la autorización de los organismos de certificación, organismos de inspección y laboratorios de ensayos. Por lo tanto, fija los requisitos y obligaciones que competen a los diferentes actores relacionados con la certificación y comercialización de estos productos.

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“Este nuevo reglamento garantizará el desarrollo armónico de los procesos de certificación, por cuanto unificó, perfeccionó y actualizó los procedimientos existentes, a partir de las exigencias vigentes a nivel internacional y la experiencia adquirida por la Superintendencia al respecto”, explicó la superintendenta Patricia Chotzen. 

La entrada en vigencia de este nuevo reglamento, en febrero de 2007, significará un avance trascendente en la concreción de un sistema de certificación de productos con mayores niveles de exigencia y cobertura, lo cual obligará a los fabricantes, importadores y entidades de certificación a ponerse a la altura de estos nuevos estándares si pretenden contar con permiso para comercializar sus productos.

 

Principalmente, el reglamento estipula que la certificación de los productos debe efectuarse de acuerdo con sistemas definidos por la Organización Internacional de Estandarización (ISO) y obliga a los fabricantes, importadores y comerciantes a entregar mayor información a los usuarios.

Al respecto, el nuevo reglamento obliga a que junto con el producto se entregue información, en idioma español, que contenga instrucciones de instalación y mantenimiento, así como de seguro del artefacto. Asimismo, debe contener una etiqueta y el certificado que aprueba la comercialización del mismo. En tanto, los comerciantes finales deben mantener a disposición del público el certificado de aprobación o la resolución de autorización de la SEC , además de la correspondiente identificación del servicio técnico autorizado.

   
Funete: www.sec.cl
 
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