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No
hay duda que en poco menos de un siglo el mercado laboral se hizo
más complejo, que los temas que hoy tensionan las relaciones
empleador-empleado son más difíciles de resolver y
que los desafíos que esperan a la vuelta de la esquina exigirán
una cuota grande de creatividad para sortearlos con relativo éxito.
En
un rápido sondeo entre expertos sobre los líos laborales
que prometen más ruido para los próximos años,
hubo temas que se repitieron: derechos laborales de la creciente
masa de indocumentados, acoso sexual, terrorismo psicológico,
derechos laborales de las minorías sexuales, intervención
de las empresas en el correo electrónico de los empleados,
masificación del teletrabajo, etc.
Indocumentados
El
27 de marzo de 2002, la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó
que los trabajadores indocumentados no tienen derecho de libre asociación
ni protección alguna contra empleadores que violan sus garantías
laborales. De este modo, el país zanjó de forma categórica
e inapelable un tema que enfrentaba con virulencia a empresarios
y sindicatos. Meses después, el Gobierno español promulgó
una Ley de Extranjería que tampoco reconoció derecho
alguno a los indocumentados.
En
Chile, caminamos en sentido contrario. Aunque no hay un pronunciamiento
que regule sin dobles interpretaciones las condiciones laborales
de los indocumentados, el jefe del Departamento Jurídico
de la Dirección del Trabajo, Rafael Pereira, asegura que
la autoridad ha reconocido hasta ahora los mismos derechos para
inmigrantes ilegales y que para aquellos que han regularizado su
situación.
¿Qué
significa esto en términos prácticos? Si la autoridad
descubre que usted ha empleado a un ilegal, aplicará las
sanciones como si se tratara de un asalariado nacional o un inmigrante
legal a quien no se le han respetado sus garantías laborales.
Por ejemplo, lo podrían sancionar por el no pago de cotizaciones,
aun cuando bajo cualquier orden legal, una persona que ingresa furtivamente
a un país no es objeto de garantías hasta que regulariza
su situación. A todas luces, aquí hace falta un pronunciamiento
claro de la autoridad, sobre todo ahora, que los inmigrantes ya
no representan un número insignificante.
Acoso
Las formas de hostigamiento en el trabajo
también se han ido haciendo más sofisticadas. Al ya
conocido acoso sexual, se suman prácticas como el mobbing
u hostigamiento psicológico. Sobre estos temas, no existe
pronunciamiento legal alguno, aun cuando en los países que
aspiran al desarrollo hace rato que están estrictamente normados.
Teletrabajo
Uno
de los pilares de la flexibilidad laboral tiene que ver con el teletrabajo
o la posibilidad de que una parte importante de los asalariados
pueda
trabajar desde su propia casa, a la hora que estime conveniente
y con el soporte técnico que su empleador le ofrece. Los
beneficios de este mecanismo son evidentes: mejor calidad de vida
de los trabajadores, reducción de costos y tiempo perdido
en desplazamientos, optimización de los espacios.
Las
ventajas están claras. Pero ojo, que el teletrabajo tendrá
una serie de implicancias en términos de protección
laboral que la legislación chilena todavía no prevé:
¿cómo se define la jornada? ¿estos trabajadores
tienen derechos colectivos? ¿ están protegidos frente
a accidentes del trabajo? ¿cómo se define un accidente
o enfermedad laboral en una empresa que tiene mucho de virtual y
poco de real? A todas luces, el tema no es de simple solución
y tal como advierte el abogado de PriceWaterhouseCoopers, Andrés
Fuentes, hay que definir estos tópicos antes que comience
el desfile de teletrabajadores por los juzgados laborales.
E-mail
y privacidad
El
uso del correo electrónico para fines ajenos al trabajo no
tiene nada de trivial y, sin embargo, en Chile se encuentra en la
más absoluta desregulación. Sólo para dimensionar
la relevancia que el tema ha cobrado en otras latitudes, vale destacar
el caso de Gran Bretaña, donde el uso indebido del e-mail
es una de las principales causas de despido, aun cuando la inspección
del e-mail por parte del empleador está estrictamente regulada.
La legislación establece, por ejemplo, que el empleador que
pretenda revisar el correo de uno de sus empleados debe contar con
la presencia de un representante sindical en el momento de la inspección;
debe tener una causa plausible para realizar la inspección
y tiene que existir una notificación previa al trabajador.
Acá,
eso es inpensable. La improvisación llega a niveles tales,
que el propio Gobierno a través de la Cancillería
pasó por alto un dictamen de la Dirección del Trabajo
que prohíbe violar la privacidad del correo. A todas luces,
falta una definición.
Remuneración
variable
La
extensión de la remuneración variable hacia los estratos
bajos de las empresas locales es otro de los temas que hará
ruido en los próximos años. Según el abogado
de la Dirección del Trabajo, Rafael Pereira, existen una
serie de aristas que todavía deben afinarse para que los
nuevos mecanismos de compensación puedan extenderse en todos
los estratos, sin generar roces con el mundo sindical: las fórmulas
de cálculo deben estar claramente determinadas; debe haber
un acceso irrestricto de los trabajadores a la información:
hay que obtener una aceptación plena de los trabajadores.
Sector
público
La
modernizacón de los servicios públicos podrá
postergarse, pero no evitarse. La incorporación al aparato
estatal de los criterios que prevalecen en la empresa privada -
productividad, eficiencia, calidad de servico- es cosa de tiempo,
para pesar de los que no estén preparados para sortear el
cambio. Tal como lo señala el académico de la Universidad
Católica, Alberto Armstrong, la simple incorporación
de estos criterios aseguran una cuota no despreciable de conflictividad.
Sin embargo, a esta altura existe coincidencia en que el régimen
laboral que impera en el sector público tendrá que
ser transformado.
Conflictos
Mobbing:
El hostigamiento psicológico es una de las prácticas
laborales de moda. Sin embargo, sigue ausente del ordenamiento legal
chileno.
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