* Ampliar el conocimiento que se tiene acerca de la función de las mutualidades, de los organismos comunitarios privados y públicos, en relación a diversos temas ligados a la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
* Dar la oportunidad de exponer con profundidad temas del ámbito de la prevención de riesgos y del medio ambiente, por destacados conferencistas internacionales, nacionales y regionales.
CORESEMIN ATACAMA:
Teniendo en consideración la necesidad de determinar las normas básicas para la organización y funcionamiento de los Comités de Seguridad dependientes del Consejo Nacional de Seguridad, en el rango de reglamento y acorde con las facultades que los Estatutos confieren al Directorio Nacional, Art. 17° del Estatuto del CNS, se determina:
Los Comités Regionales de Seguridad son los organismos llamados a desarrollar la acción operativa específica, orientada de acuerdo con las características y problemas de la región, en cada actividad sectorial. El motivo central de su accionar será el logro de los objetivos del C.N.S., estipulados en el Art. 3° del Estatuto.
Forman parte de la estructura orgánica del Consejo y su existencia legal está cubierta por la personería jurídica y estatutos del Consejo Nacional de Seguridad de Chile.
OBJETIVOS:
Promueve y Desarrolla la Prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, en los ambientes y actividades en que se desenvuelve la comunidad minera.
Capacita y aplica los principios y técnicas relacionadas con la seguridad y bienestar integral del trabajador y su familia; la preservación de los bienes en general y la protección y conservación del medio ambiente.
Va en ayuda de los mineros silicosos terminales, mediante la prestación de equipos de respiración artificial, camas de antiescara y otros. |