La ministra Merino señaló que “al Presidente Piñera le presentamos un plan de implementación con fechas, y algunas comenzarán lo más pronto posible. Otras son materia de ley y algunas son reglamento. Esto es un cambio muy grande en el sistema de seguridad y que va a quedar por un largo tiempo”, dijo la secretaria de Estado.
El detalle de las medidas entregadas por la ministra del Trabajo es la siguiente:
Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
1. Vamos a tener una Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
La Política fijará las siguientes metas y plazos para cumplirlas:
-Tasa de accidentabilidad. Hoy: 5,3%. Se pretende reducirla a 4% el año 2015 (tasa de trabajadores dependientes)
-Tasa de fatalidad (sin accidentes del trayecto). Hoy: 6,5 por 100.000. Se pretende reducirla a 5 por 100.000 el año 2015
Además, esta política establecerá los principios sobre los cuales se debe construir el sistema de seguridad y salud en el trabajo del país; identificará las entidades que darán forma al sistema de seguridad y salud en el trabajo y fijará las obligaciones y responsabilidades de cada una de ellas.
2. En los próximos días enviaremos al Parlamento el Proyecto de Acuerdo para ratificar el Convenio 187 de la OIT
Con este instrumento, el país ratificará su compromiso de promover la mejora continua en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, adoptando medidas activas en pro de este objetivo. En particular, el Convenio obliga al país a elaborar una Política Nacional de Seguridad Laboral; mantener un Sistema Nacional de seguridad y salud en el trabajo; y aplicar un Programa Nacional en esta materia.
Modernización institucional (Normas y fiscalización)
3. Estableceremos un Consejo Consultivo de Seguridad Laboral, con participación de trabajadores, empleadores y expertos
Con el Consejo aseguraremos que todas las partes interesadas sean parte de los procesos de definición de la Política Nacional de Seguridad Laboral y de preparación de los estándares que se fijen.
El Consejo tendrá siete integrantes, incluyendo representantes de trabajadores, empleadores y expertos, y tendrá la responsabilidad de emitir opinión sobre la propuesta de Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, los estándares que se exijan, y la Memoria Anual sobre cumplimiento de la Política.
4. Reformaremos la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), para fortalecer su rol en materias de desarrollo de normativa y estándares de seguridad laboral, sistemas de información, y políticas de prevención de riesgos
Reorganizaremos SUSESO, creando una nueva Intendencia de Seguridad Laboral. A través de esta, coordinará la implementación de la Política Nacional de Seguridad Laboral. Además, SUSESO realizará estudios, preparará la Memoria Anual; y desarrollará y administrará el Sistema Nacional de Información de Seguridad Laboral. SUSESO mantendrá sus otras funciones, incluyendo la fiscalización de entidades administradoras del seguro
SUSESO coordinará la preparación de normas y estándares en materia de seguridad laboral. En Diciembre 2010 SUSESO iniciará el trabajo de revisión y actualización de las normas existentes, coordinando a las entidades especializadas que corresponda (incluyendo al ISP y al INN) y considerando estándares internacionales. Este trabajo incluirá especialmente las normas que se aplican a los sectores de construcción, pesca, transporte, agricultura, y silvicultura. Se convocará a participar de este esfuerzo a las organizaciones de trabajadores y gremios de cada sector. Se espera culminar este trabajo en Junio, 2011
5. Fortaleceremos la Dirección del Trabajo, radicando en esta entidad la responsabilidad de fiscalización de las normas generales de seguridad y salud en el trabajo
Este cambio implica que se traspasará a la DT, desde Salud, la facultad de fiscalizar las normas de salud e higiene en los lugares del trabajo. Además, en materias de seguridad y salud laboral la DT tendrá el rol coordinador de las otras entidades de fiscalización sectoriales (SERNAGEOMIN; SAG; DIRECTEMAR; DGAC; Superintendencia de Servicios Eléctricos y Combustibles; Comisión Chilena de Energía Nuclear), que mantendrán responsabilidad sobre materias específicas a sus respectivos sectores. Sin embargo, la DT -previo informe de la entidad especializada cuando corresponda- será el único organismo autorizado a reabrir faenas
Se creará en la DT un nuevo Departamento especializado en fiscalización de materias de seguridad y salud laboral. Junto con esto se aumentará el número de fiscalizadores especializados en materias de seguridad y salud laboral.
6. Introduciremos nuevos procedimientos de fiscalización, basados en un sistema de autoevaluación asistida para las empresas en materia de seguridad y salud en el trabajo
Al menos una vez al año las empresas deberán autoevaluarse en materia de seguridad y salud laboral, conforme a pautas generales que definirá la DT y, de ser necesario, con el apoyo de la entidad administradora del seguro respectiva. Los resultados de la autoevaluación estarán disponibles para la DT. En caso que se identifique potencial de riesgo alto, se comunicará el resultado a la DT, junto con un programa de corrección de la condición de riesgo respectiva. En el caso de empresas con más de 25 trabajadores, la autoevaluación deberá ser aprobada por el Comité Paritario. En el caso de empresas con menos de 25 trabajadores la autoevaluación debe ser visada por el Monitor de Seguridad.
7. Perfeccionaremos el régimen de sanciones por infracciones a normas e instrucciones de los organismos fiscalizadores
El objetivo de las sanciones será asegurar e incentivar a corregir la condición subestándar y de riesgo.
Se aumentará las sanciones que hoy no guardan relación con el daño causado ni sirven para incentivar conductas apropiadas. Se unificará las sanciones y criterios de distintas instituciones fiscalizadoras para infracciones de naturaleza similar.
Sanciones estarán diferenciadas por gravedad de la infracción, tamaño de la empresa y por reincidencia.
8. Estableceremos un Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud Laboral, que servirá como instrumento principal para evaluar y diseñar políticas de seguridad laboral
Este Sistema integrará estadísticas de las Mutuales con las del ISL, que hoy están dispersas. Además, incluirá información desagregada según fuente de notificación, causas de los siniestros, cobertura de la fiscalización y actividades de prevención.
Se iniciará esfuerzo para incluir estadísticas de población no cubierta por el seguro, y mejorar información sobre enfermedades profesionales
SUSESO será la entidad responsable de crear y administrar el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud Laboral
Prevención
9. Estableceremos la obligación de designar un monitor en prevención para empresas con menos de 25 y más de 10 trabajadores
El monitor deberá ser un trabajador de la empresa respectiva, y será elegido por los propios trabajadores.
Las funciones del monitor incluirán el representar a los trabajadores en la planificación de acciones tendientes a evitar riesgos laborales; y colaborar en la investigación de accidentes.
10. Estableceremos un Fondo Concursable para capacitar en prevención a las Pymes
Este Fondo Concursable de Educación en Seguridad Laboral se constituirá en partes iguales con aportes del presupuesto público y las entidades administradoras del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Podrán concursar por estos fondos entidades (incluyendo sindicatos, Comités Paritarios, gremios de Pyme, y asociaciones de trabajadores por cuenta propia) con proyectos destinados a mejorar la capacitación en materias de seguridad y salud laboral de trabajadores en empresas con menos de 100 trabajadores. La ejecución de los proyectos podrá ser contratada con las propias entidades administradoras o con terceros.
11. Incorporaremos conceptos de Prevención en los programas de educación
Se incluirá conceptos de vida saludable y autocuidado como parte de los contenidos de los programas de educación desde la etapa pre-escolar. |